Datos personales

Mi foto
Arroba de los Montes, Ciudad Real, Spain
PLATAFORMA CARPETANIA,

sábado, 31 de octubre de 2020

AGRESIÓN AL ALGUACIL DE ARROBA DE LOS MONTES EN 1561

 JESÚS VÍCTOR GARCÍA

En los pueblos de los Montes de Toledo surgen pequeños acontecimientos que rompen con la monotonía de la vida de sus habitantes. En esta ocasión surgen la oposición a la autoridad establecida y  además la enemistad que hay entre los vecinos de Arroba.

Las autoridades, en este caso, el alguacil cumplen las funciones que están estipulados en las Ordenanzas de Toledo, están encargados de embargos a partes o por mandamiento judicial, solo si es por mandamiento del alcalde. Además deben hacer las entregas o recogidas de los derechos de las renta de la ciudad y de los propios y son los encargados de arrestar quien determine los alcaldes de la justicia en poblados o en ciudad.

Hoja 2. 1561, Arroba. Proceso criminal contra Pedro Camacho sobre destierro. Pende ante el señor fiel. Archivo Municipal de Toledo. Causa 790  Caja 6231  Arroba 1561-10-21/ 152-02


La enemistad entre los vecinos del pueblo trae consigo rencillas y rencores entre sus habitantes, como ocurre en 1561 cuando el alguacil Francisco Martín Sánchez se presenta ante el alcalde de Arroba de los Montes para poner una querella criminal contra Pedro Camacho y su criado, Pedro Garcia.

Este pide al señor alcalde que admita la querella y si los halló culpables, que los envíe a la cárcel real de la ciudad de Toledo para que el señor Fiel del Juzgado de los Montes de Toledo lo vea y haga justicia.

El alguacil Martín Sánchez, lleva la vara como señal de autoridad, junto otros vecinos de Arroba van a prender a Pedro Camacho  hallándose en la calle, "se acercaron y pidieron por su merced que se diese a la justicia y no se defendiese porque no le convenía".Pero cuando iba a ser apresado, este dice que no quiere irse con ellos ni dejarse prender, y menos de un alguacil, llamándole "piojoso, malaventurado, cochinillo, merdoso...". 

Su criado evita el prendimiento de su amo con "una espada desenvainada,,, para evitar la caza de Pedro Camacho para que se diese en justicia". El criado huye y viendo "dicho alguacil. el desacato y fuerza van detrás de Pedro García y le detienen a "cuchilladas"

Posteriormente van a casa de Pedro Camacho que sale con una espada desenvainada tirando cuchilladas a  los alguaciles llamándolos pícaros y otras palabras injuriosas.

Presenta el alguacil los testigos a Andrés de Vega de 30 años, Pedro de Medina de 30 años y Eugenio Martín de 35 años.

El alguacil después de la denuncia, se arrepiente y quita la querella contra Pedro Camacho y su criado Pedro García Tejado y les "perdona todo delito", pidiendo al escribano, Francisco López, que lo dé por testimonio por escrito siendo testigo el herrero del pueblo y Martín de la Fuente.

Firma de Francisco López, el escribano de Arroba de los Montes. A.M.Toledo


Después de la retirada de la denuncia se toma la declaración al acusado negando los hechos recibiendo "como prueba con término de 6 días en fo yrma".

Ante la retirada de la denuncia, la justicia de  Toledo dicta una condena más leve  por parte del Fiel del Juzgado, Señor Gaitán de Ayala condenando a Pedro Camacho a:

- pagar 300 maravedíes para reparo de los muros de Toledo 

-en perdimiento de las armas que llevaba cuando se resistió.

-al destierro del pueblo de Arroba por medio año, repartido en dos meses precisos y cuatros meses voluntarios. Este se realizará dentro de 6 días y en caso de no cumplirlo se doblara la pena.

-a las costas de este proceso cuya cantidad ya se verá.

Luis III Gaytan de Ayala fue regidor de Toledo desde 1557 hasta 1588 

Tras esta condena y finalizado este proceso,  es denunciado por un vecino enemistado por el acusado, llamado Juan López Caballos, de incumplir el destierro, ante el Fiel del Juzgado de Toledo. Este vecino señala al acusado Pedro Camacho de quebrantar el destierro y pide que se procede contra en el en rebeldía, lo traiga preso a la ciudad y lo castigue, ofreciéndose como testigo "ha quebrantado el dicho destierro con poco temor y menosprecio de la justicia de su majestad".

Juan Lopez Caballos presenta por testigo a Alonso García de Arriba de 34 años y Diego Muñoz, vecinos de Arroba diciendo que el acusado cumplio el destierro en la Ermita de San Sebastián durante 8 días y que después se le vio en Arroba en la iglesia y en las casa de Juan González y Bartolomé del Pino. 

Resto de plato de la ermita de San Sebastián. foto Jesús Víctor García


La ermita de San Sebastián situada a la salida del camino de Piedrabuena honraban al santo como protector de la peste hasta finales del siglo XV. A partir del siglo XVI es desplazado este santo por San Roque como protector de la peste quedando como patrón en la actualidad de Arroba de los Montes.

Narra uno de los testigo que a raíz de este denuncia "hallaron desnudo en una cámara de su casa que parecía haber estado acostado en su cama" y le dijo que fuese preso, le diese la espada que tenía en la mano y se fue sin oponer resistencia a la cárcel.

Los testigos dan versiones parecidas que cuando fueron a prender a Pedro Camacho el dia de San Sebastián a media noche le "hallaron descalzo en una cámara y con una espada en la mano y le dijeron "sed preso" y así lo hizo y el dicho alguacil le quitó la espada y le trajeron a la cárcel y le echaron unos grillos y una cadena".

Otro testigo llamado Juan Sánchez de 28 años vecino de Arroba, dice que llamaron a la puerta falsa del corral de la casa y respondieron diciendo quién llamaba y el alguacil respondió "la justicia" y le hallaron en una cámara descalzo sin calzas ni zaragüelles y con una espada en las manos. Pedro Camacho dijo "dejadme vestir y me place de me ir con vos"

Los procuradores del acusado dice que estaba cumpliendo el destierro sin entrar en su casa de Arroba, la casa está  en un despoblado apartado donde hay muchas viñas en su labor del Hontanar y un gran arroyo. Está cumpliendo destierro en "la iglesia de San Sebastián que es fuera de dicho lugar y distinto y apartado". 

Un vecino de Toledo sale de fiador del acusado, Pedro Camacho, estando confinado en la ciudad de Toledo hasta que fuese juzgado y sentenciado y de pagar 50.000 maravedís para reparar los muros de Toledo y se de poder a las justicias de su majestad para que se lo hagan cumplir y renuncia a la ley "sansimus de liber homo".

El 27 de Enero de 1562, estando en la cárcel de Toledo se toma declaración a Pedro Camacho de 30 años, y le pregunta si está desterrado de Arroba. Respondiendo que si ha quebrantado el dicho destierro ha sido porque  tenía un hijo que se estaba muriendo muy malo y que este entró en su casa para ver a su hijo.

Se dicta una sentencia con la pena más alta que la anterior, a un año de destierro del lugar de Arroba y al pago de las costas 

Pedro Camacho apela esta sentencia y alegando que su casa está apartada de las calles principales y que  puede ir sin entrar en Arroba, sabiendo esto su mujer, Isabel de la Cruz fue a misa a la ermita de San Sebastián y se llevó a su hijo Alonso que estaba para morirse. 

Entrada del camino de San Sebastián foto de Jesús Víctor García


La mujer de Pedro Sánchez declara que fuera a media noche ya "por verse sin su marido y sin tener en el dicho lugar padre ni madre, ni pariente quien la consoló ni ayudase al remedio de la salud de su hijo" se atrevió ir a su casa para ver a su hijo moribundo. Todo esto lo sabía el denunciante Juan López Caballos, a quien yo acuso, y que me echo la justicia.

Presenta a Catalina Téllez de 70 años, mujer de Juan Granizo diciendo que el hijo de Pedro Camacho está muy malo de una enfermedad cólica, "que no mamá por estar la leche podrida, que está de continuo grito, le pusieron un emplasto y ha estado sin orinar y estar sin salir fuera más de tres días". Esta declaración la hace en la Cañadilla fuera del lugar de Arroba, también presenta  varias mujeres de testigos entre 40 a 55 años.

Al final el tribunal revoca la sentencia de un año de destierro y le impone la pena anterior de 2 meses de destierro de Arroba y 4 meses voluntarios.

BIBLIOGRAFIA:

- Archivo Municipal de Toledo Causa 790  Caja 6231  Arroba 1561-10-21/ 152-02

No hay comentarios:

Publicar un comentario